Declaración de la renta 2024: guía sobre las principales novedades inmobiliarias

21 de abril de 2024
Paqui

La declaración de la renta

La presentación de la declaración de la renta implica saldar el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) del año en curso, lo que conlleva ajustar las retenciones de los contribuyentes a lo largo del año.

Hay dos posibles escenarios:

  • Que la declaración resulte a favor del contribuyente (devolución).
  • Que el contribuyente deba abonar un importe en concreto (pago).

En caso de que las retenciones efectuadas durante el año superen el monto correspondiente, Hacienda reembolsará al contribuyente la diferencia. En cambio, si las retenciones han sido insuficientes, el contribuyente deberá pagar a Hacienda la cantidad faltante en impuestos.

Novedades inmobiliarias en la declaración de la renta 2024

El sector inmobiliario es uno de los sectores que ha experimentado alguno de los cambios más significativos en esta próxima campaña de la declaración de la renta. ¿Los más importantes?

1. Porcentaje de retención por la venta de una propiedad

En caso de haber vendido un inmueble en 2023 y haber obtenido ganancias, será necesario aplicar el porcentaje de retención del IRPF correspondiente a los tramos establecidos para el año 2024, que son los siguientes:

  • Hasta 6.000,00 €: 19%.
  • Entre 6.000,00 € y 50.000,00 €: 21%.
  • Entre 50.000,00 € y 200.000,00 €: 23%.
  • Entre 200.000,00 € y 300.000,00 €: 27%.
  • Más de 300.000,00 €: 28%.

Ahora bien – aunque será igual de importante informar a Hacienda sobre la operación – si la venta resultó en pérdidas, no se aplicará retención alguna.

2. Bonificación por arrendamientos de viviendas

El incentivo del 60% sobre los beneficios netos del alquiler de propiedades destinadas a residencia habitual continuará en vigor.

En cuanto a las bonificaciones adicionales para arrendamientos ubicados en zonas tensionadas – establecidas por la reciente Ley de Vivienda – entrarán en vigor para el período fiscal de 2024 y se aplicarán en la declaración del año 2025.

3. Rebaja por obras de rehabilitación

Se mantendrá la reducción del 60% para casos en los que se hayan realizado obras de rehabilitación en los dos años previos a poner en alquiler la propiedad.

Recordemos que estas obras se centran en la restauración o la mejora del edificio para devolverlo a su estado original o bien mejorar su funcionalidad, seguridad o estética.

4. Incentivo para alquileres a jóvenes

Se incorporará una rebaja del 70% para los propietarios que alquilen a jóvenes de entre 18 y 35 años en áreas con alta demanda.

5. Deducción por mejoras en la eficiencia energética

Las bonificaciones por mejoras en la eficiencia energética de las viviendas se ampliarán hasta el 31 de diciembre de 2024, bajo las siguientes condiciones:

  • Una reducción del 20% hasta 5.000,00 € por hogar cada año, para obras que reduzcan la demanda energética en calefacción y refrigeración en un 7%.
  • Un descuento del 40% hasta 7.500,00 € por inmueble anualmente, para proyectos que reduzcan en un 30% el uso de energía primaria no renovable o logren una calificación energética “A” o “B”.
  • Un beneficio del 60% con un límite de 5.000,00 € (y un gasto mínimo acumulado de 15.000,00 €), aplicable a la rehabilitación energética de edificios residenciales.

Estas deducciones se aplicarán a la residencia principal, a las propiedades en alquiler o a aquellas destinadas al alquiler, siempre que se alquilen antes del 31 de diciembre de 2025.

Plazos para presentar la declaración de la renta

Otro aspecto que puede generar interés es el cronograma con las fechas establecidas para la presentación de la declaración de la renta.

En este sentido, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha determinado que las fechas importantes serán:

  • 19 de marzo: disponibilidad del borrador de la declaración.
  • 3 de abril: inicio de la campaña tributaria, aceptándose declaraciones online a través de Renta Web o la App móvil, con DNI electrónico, certificado digital, Cl@ve PIN, o número de referencia.
  • 29 de abril: apertura de la cita previa para agendar llamadas telefónicas.
  • 7 de mayo: comienzo de la atención telefónica para presentar declaraciones.
  • 3 de junio: fecha límite para presentar declaraciones con pago domiciliado.
  • 28 de junio: último día para pedir citas online o por teléfono.
  • 1 de julio: cierre de la campaña de la renta.

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