EXENCIONES CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA

20 de mayo de 2021
Paqui

Aunque se trata de un documento obligatorio, hay excepciones. No es necesario que presenten el certificado energético los edificios protegidos oficialmente, por contar con un valor arquitectónico o histórico. Tampoco los que se utilicen como lugares de culto y actividades religiosas, edificios industriales, agrícolas, edificios aislados con una superficie inferior a 50 metros cuadrados o que sean adquiridos para grandes reformas o demoliciones.

También quedan exentos los edificios que se usen menos de cuatro meses al año o con un consumo energético inferior al 25 % de lo que se debería consumir en un año.

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